De 3 de noviembre de 2023
Que prohíbe el otorgamiento de concesiones para la exploración, extracción, transporte y beneficio de la explotación de la minería metálica en todo el territorio nacional
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:
Artículo 1.
En concordancia con el principio precautorio, que implica el deber del Estado de velar por la salud de la población y garantizar que viva en un ambiente sano y libre de contaminación, se declara una moratoria por plazo indefinido al otorgamiento de concesiones para la realización de actividades de exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos en todo el territorio nacional.
Artículo 2.
Lo dispuesto en el artículo anterior conlleva que el Ministerio de Comercio e Industrias no podrá otorgar concesiones para la exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos en la República de Panamá, y que rechazará de plano toda nueva solicitud presentada para la obtención de dichas concesiones, a partir de la promulgación de la presente Ley.
Artículo 3.
A partir de la promulgación de la presente Ley, quedarán rechazadas todas las solicitudes en trámite para la obtención de concesiones para la exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos y el Ministerio de Comercio e Industrias dispondrá el archivo de estos expedientes dentro de un término de tres meses siguientes a su promulgación.
Artículo 4.
Ninguna concesión de exploración, extracción, transporte y beneficio de minerales metálicos será renovada o prorrogada a partir de la promulgación de la presente Ley.
Artículo 5.
Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Proyecto 1110 de 2023 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.
El Presidente,
[Firma]
Jaime E. Vargas Centella
El Secretario General,
[Firma]
Quibian T. Panay G.
ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ, 3 DE NOVIEMBRE DE 2023.
[Firma]
FEDERICO ALFARO BOYD
Ministro de Comercio e Industrias
[Firma]
LAURENTINO CORTIZO COHEN
Presidente de la República
Este documento fue extraído de La Gaceta Oficial de Panamá: https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/29904/101261.pdf